Namphi Rodríguez urge presidente Medina
a impulsar ley para “receptar” decisiones CIDH y defender soberanía del país
Rodríguez, coordinador del Foro
Constitucional, indicó que existen
distintos modelos de interpretación e incorporación de las decisiones de la
CIDH y citó el caso de Costa Rica, que hace aplicación directa de las
decisiones de la CIDH, mientras que Venezuela desarrolló la tesis en el pasado
reciente de que lo vinculante para sí era la Convención Americana de Derechos
Humanos y no los instrumentos orgánicos del tratado.
“Estos distintos matices en la
interpretación de la doctrina y la jurisprudencia de la Corte y la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos es lo que ha permitido a los países miembros
establecer un control de convencionalidad razonable en temas sensibles, como lo
es para República Dominicana la inmigración haitiana”, dijo.
Puntualizó que frecuentemente se
incurre en el error de interpretar que la sentencia TC/0256/14, del Tribunal
Constitucional, desvinculó al país de la jurisdicción de la CIDH, cosa que no
es cierto, puesto que para que eso acontezca se tendría que dejar de ser parte
de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Indicó que el procedimiento para
la aceptación de la competencia de la Corte lo establece el artículo 62 de la
Convención Americana y advirtió que no existe norma alguna en la misma que
faculte a los Estados que se han acogido a dicha competencia a retirar su
declaración de aceptación, por lo que el único camino que quedaría para el país
sería denunciar la propia Convención en los términos de su artículo 78.
“Una vez los Estados han
manifestado su consentimiento, la Corte ha definido la sujeción a su
competencia como una cláusula pétrea, que no admite limitaciones fuera de su
Estatuto, ni acepta sentencia de tribunales de derecho interno para desconocer
unilateralmente su competencia”, dijo.
Adujo que la referida sentencia del Tribunal Constitucional
hace un juicio de constitucionalidad sobre el instrumento de adhesión a la
Corte, lo cual tiene poco valor frente al sistema interamericano porque es un
acto de derecho interno.
“El acto de denuncia (denuncia)
está reservado al Presidente de la República, quien no lo ha hecho porque el
país tendría que salir del sistema interamericano de derechos humanos, como lo
hizo Venezuela, situación que nos colocaría junto a aquellos países que no
observan los estándares internacionales de los derechos humanos”, agregó.
El catedrático anotó que no es
partidario de abandonar la CIDH, sino de promover un diálogo constructivo entre
la Corte y el país, a fin de que se puedan ponderar los intereses en conflicto
de ambos sistemas jurídicos.
Subrayó que en el momento de la
adhesión el país debió hacer reserva del tema de la nacionalidad, ya que para
la República Dominicana la competencia de la CIDH resulta un pesado fardo por
la situación especial que se vive con los inmigrantes haitianos.

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